Cristóbal Rodríguez: Policía y Fuerzas Armadas deben acatar fallo del Tribunal Constitucional
El constitucionalista insiste en la obligatoriedad de respetar la sentencia que despenaliza relaciones entre personas del mismo sexo en instituciones castrenses
Santo Domingo, 26 de noviembre de 2025. El abogado constitucionalista Cristóbal Rodríguez enfatizó que la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas están obligadas a cumplir la sentencia TC/1225/25 emitida por el Tribunal Constitucional, la cual despenaliza las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo dentro de dichas instituciones. Las declaraciones surgen tras las recientes expresiones del ministro de Defensa y el director de la Policía, quienes aseguraron que mantendrán la aplicación de sus códigos disciplinarios pese a la decisión judicial.
Contexto y declaraciones oficiales
El ministro de Defensa, Carlos Onofre, reiteró su respeto a la independencia de los poderes del Estado, pero aclaró que el código disciplinario militar seguirá vigente y se aplicará a quienes lo infrinjan. Por su parte, el mayor general Ramón Antonio Guzmán Peralta, director de la Policía Nacional, afirmó que su institución acata las decisiones judiciales, aunque mantiene normas internas y órganos de control para garantizar el cumplimiento de sus reglamentos.
Estas posturas generaron preocupación en el ámbito jurídico, pues podrían interpretarse como una invitación al desacato de la sentencia del Tribunal Constitucional.
Obligación de acatar las decisiones del TC
Cristóbal Rodríguez, en entrevista para el programa El Día, subrayó que ni el ministro de Defensa ni el director de la Policía están facultados para cuestionar la sentencia del Tribunal. Citando el artículo 152, numeral 3, de la Constitución de la República, indicó que estas autoridades tienen prohibido participar en deliberaciones públicas sobre decisiones judiciales y deben limitarse a acatarlas.
Además, recordó que el artículo 154 de la Constitución establece que las resoluciones del Tribunal Constitucional son definitivas, irrevocables y vinculantes para todos los poderes del Estado. “El Tribunal Constitucional es un poder del Estado que ha emitido una decisión que no puede ser desacatada”, dijo.
Derecho a la privacidad y autonomía personal
El constitucionalista insistió en que la vida privada de las personas no puede ser objeto de regulación por parte del Estado, especialmente en una sociedad democrática. En ese sentido, señaló que la sentencia protege derechos fundamentales y que las instituciones deben respetar las libertades individuales de sus miembros.
Para más información sobre la Constitución y el marco jurídico dominicano, puede consultarse el portal oficial del gobierno dominicano.
Reflexión final
La polémica en torno a la implementación de la sentencia TC/1225/25 refleja tensiones entre autoridades castrenses y el poder judicial. Sin embargo, la Constitución es clara respecto a la obligatoriedad de acatar las decisiones del Tribunal Constitucional, lo que implica que tanto la Policía Nacional como las Fuerzas Armadas deben ajustar sus normativas internas conforme a esta resolución.
Este caso pone en evidencia la importancia de respetar los mecanismos legales y constitucionales que garantizan los derechos humanos en las instituciones públicas.
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