Santo Domingo. El Poder Ejecutivo emitió el Decreto 403-2026 para regular la interoperabilidad y la gobernanza de datos en la Administración Pública. La disposición establece reglas para intercambiar información, documentos electrónicos y eventos entre instituciones de forma segura, estandarizada y trazable.
El objetivo anunciado es reducir la duplicación de documentos y la carga de trámites para ciudadanos, empresas y servidores públicos. También busca mejorar la calidad de los registros estatales y apoyar servicios digitales integrados y proactivos.
El Ministerio de Administración Pública (MAP) tendrá a su cargo la emisión de lineamientos, normas, estándares y protocolos funcionales. Definirá la arquitectura empresarial de la Administración, supervisará el cumplimiento del decreto y coordinará el Comité de Interoperabilidad y Gobernanza de Datos.
Ese comité funcionará como espacio de coordinación estratégica entre instituciones para dar seguimiento a la aplicación del marco. La Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación (Ogtic) asumirá la operación técnica y la Plataforma Única de Interoperabilidad.
Los organismos deberán priorizar el intercambio entre entidades antes de solicitar a ciudadanos o empresas datos que ya estén en poder del Estado. También tendrán que registrar y actualizar sus conjuntos de información para facilitar su localización y uso compartido.
Cada institución conservará la titularidad, responsabilidad y control de los datos que administra. La obligación alcanza a órganos de la administración central, descentralizada, desconcentrada y autónoma, a instituciones de seguridad social y a otras entidades estatales que gestionen registros, plataformas o mecanismos de intercambio.
Para consultar o validar información de identidad, el decreto dispone coordinación con la Junta Central Electoral (JCE), respetando sus competencias constitucionales y legales. El MAP deberá promover con ese organismo los mecanismos de colaboración necesarios para verificar datos del Registro Civil.
La información obtenida por esa vía solo podrá utilizarse para fines legítimos, determinados previamente y compatibles con las funciones de la entidad solicitante. El comunicado vincula ese límite con la protección de los datos personales.
La nueva disposición deroga el Decreto 92-22, del 8 de febrero de 2022, que establecía el marco anterior de interoperabilidad gubernamental. Este reporte resume la información difundida por la Presidencia el 14 de julio y no añade obligaciones distintas de las allí descritas.


